Subvenciones vehículos eléctricos
Ayudas Auto+ 2026 para autónomos y empresas: hasta 7.500 € para vehículos eléctricos
Programa Auto+ 2026 para autónomos y empresas: Línea 2
El Gobierno ha publicado la convocatoria de la Línea 2 del Programa Auto+ 2026, destinada a incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados por autónomos y empresas en toda España.
Plazo de solicitud
Desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026 , o hasta agotamiento del presupuesto disponible.
La convocatoria cuenta con 50 millones de euros. Las ayudas se conceden directamente y por orden de presentación de las solicitudes, por lo que es recomendable preparar la documentación con antelación.
¿Quién puede solicitarla?
Pueden beneficiarse todo tipo de autónomos, microempresas y empresas en general, con actividad económica. Se considera microempresas a aquellas que tienen menos de 10 trabajadores y una facturación que no supere los 2 millones de euros.
El beneficiario deberá estar al corriente de sus obligaciones con Hacienda y Seguridad Social.
¿Qué vehículos pueden recibir la ayuda?
Los vehículos deben disponer de etiqueta ambiental CERO de la DGT. Son subvencionables:
- Turismos M1.
- Furgonetas y vehículos comerciales ligeros N1.
- Motocicletas eléctricas L3e, L4e y L5e.
Se incluyen vehículos 100 % eléctricos (BEV), vehículos de pila de combustible, híbridos enchufables (PHEV) y eléctricos de autonomía extendida (EREV), siempre que tengan etiqueta CERO.
También se admite la adquisición mediante leasing financiero o renting, siempre que el contrato tenga una duración mínima de tres años.
¿De cuánto es la subvención?
Autónomos y microempresas:
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Tipo de vehículo |
Ayuda máxima |
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Turismo M1 |
6.000 € |
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Furgoneta N1 |
7.500 € |
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Motocicletas L3e, L4e y L5e |
1.100 € |
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Cuadriciclos L6e y L7e |
1.500 € |
Resto de empresas
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Tipo de vehículo |
Ayuda máxima |
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Turismo M1 |
4.500 € |
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Furgoneta N1 |
5.000 € |
|
Motocicletas L3e, L4e y L5e |
1.100 € |
|
Cuadriciclos L6e y L7e |
1.500 € |
Importante: estos importes son máximos. La ayuda definitiva se calcula aplicando varios criterios:
- 50 % del máximo si el vehículo es 100 % eléctrico o de pila de combustible.
- 25 % del máximo si es híbrido enchufable o eléctrico de autonomía extendida.
- Para turismos:
- hasta 35.000 € sin impuestos: +25 %;
- superior a 35.000 €: +15 %.
- Puede añadirse hasta un 25 % adicional por fabricación y batería europea cuando el modelo cumpla los requisitos del Programa Auto+ y figure en la correspondiente Lista Blanca.
Ejemplo: vehículo turismo 100 % eléctrico 50% ayuda + 40.000 pvp 15% ayuda + figura en la lista blanca + 25 % ayuda = 90% ayuda
Ayuda: 90% x 6.000 = 5.400 €
Límites de precio
En turismos M1 de hasta siete plazas, el precio máximo subvencionable es de 45.000 € antes de impuestos, una vez aplicados los descuentos comerciales.
Para turismos de ocho o nueve plazas no se aplica este límite.
Para motocicletas L3e, L4e y L5e, el precio máximo es de 10.000 € antes de impuestos.
¿Pueden solicitarse ayudas por vehículos comprados anteriormente?
Sí. La ayuda tiene carácter retroactivo en 2026.
Pueden acogerse:
- Vehículos nuevos matriculados por primera vez desde el 1 de enero de 2026.
- Determinados vehículos seminuevos o de demostración cuya primera matriculación como vehículo nuevo se haya producido desde el 1 de enero de 2025, siempre que no hayan transcurrido más de 12 meses entre la primera matriculación y la factura de compra.
En CE Consulting podemos encargarnos del estudio previo, revisión de requisitos, preparación de documentación, presentación de la solicitud y seguimiento del expediente hasta su resolución.
El plazo comienza el 1 de octubre y las ayudas se conceden por orden de entrada hasta agotamiento del presupuesto.
PRESUPUESTO – GESTIÓN AYUDA PROGRAMA AUTO+. LÍNEA 2
Gestión integral de la solicitud de subvención correspondiente a la Línea 2 del Programa Auto+ 2026 para autónomos y empresas.
El servicio comprende:
- Estudio previo del cumplimiento de los requisitos.
- Comprobación de la elegibilidad del vehículo.
- Cálculo orientativo de la subvención correspondiente.
- Revisión de la documentación necesaria.
- Preparación y presentación telemática de la solicitud.
- Seguimiento del expediente.
- Atención de posibles requerimientos de subsanación relacionados con la solicitud presentada.
- Seguimiento hasta la resolución y cobro de la subvención.
Honorarios
Los honorarios de CE Consulting serán equivalentes al 10 % del importe de la subvención solicitada, más el IVA correspondiente.
La facturación se realizará de la siguiente forma:
- 50 % de los honorarios en el momento de presentar la solicitud.
- 50 % restante cuando el beneficiario cobre la subvención.
Ejemplo: para una subvención solicitada de 5.400 €:
- Honorarios totales: 540 € + IVA.
- A la presentación de la solicitud: 270 € + IVA.
- Al cobro de la subvención: 270 € + IVA.
En caso de que la subvención no llegue a cobrarse, no se facturará el segundo 50 % de los honorarios.
La concesión de la ayuda está condicionada al cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria y a la existencia de crédito presupuestario disponible, por lo que la presentación de la solicitud no supone garantía de concesión.
